Contact

CONDICIONES GENERALES PARA EL SUMINISTRO DE BIENES Y SERVICIOS

1. DEFINICIONES

1.1. «Acuerdo» es el acuerdo entre Parvalux y el Proveedor que puede constituirse verbalmente o mediante un intercambio de cartas, correos electrónicos u otra comunicación, o mediante la emisión al Proveedor de una Orden de Compra y a cuyo Acuerdo se aplicarán las presentes Condiciones.

1.2. «Condiciones» significa las presentes Condiciones Generales.

1.3. «Parvalux» significa PARVALUX ELECTRIC MOTORS LIMITED o cualquier empresa asociada o filial de la misma.

1.4. «Fuerza Mayor» es todo aquello que está fuera del control razonable de cualquiera de las partes.

1.5. «Interés» es el tipo básico de XXX Bank plc más el 2% anual vigente en cada momento.

1.6. «Bienes» son los bienes a los que se refiere el Acuerdo.

1.7. «Precio» incluye cualquier impuesto o tasa (excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido) aplicable a los Bienes y/o Servicios.

1.8. «Servicios» son los servicios a los que se refiere el Contrato.

1.9. «Proveedor» significa cualquier persona que contrate el suministro de Bienes y/o Servicios a Parvalux y dicha expresión incluye (cuando el contexto lo requiera) a todos los empleados y agentes del Proveedor.

2. PEDIDOS Y OFERTAS

2.1. La aceptación del Contrato por parte de Parvalux incorpora estas Condiciones.

2.2. Ningún empleado o agente de Parvalux tiene autoridad para modificar estas Condiciones, que sólo pueden ser modificadas por escrito y firmadas por un director de Parvalux.

3. PRECIO

3.1. El Precio de los Bienes y/o Servicios será el acordado entre Parvalux y el Proveedor y (salvo en caso de error manifiesto o administrativo) se considerará que el precio indicado en el Contrato es el precio acordado.

3.2. El Proveedor no podrá hacer cargos adicionales por bienes o servicios adicionales, por transporte, coste escalado o cualquier otro asunto, a menos que sea aceptado por Parvalux por escrito.

4. ENTREGA Y CONDICIONES

4.1. Debido a la naturaleza del negocio de Parvalux, es una condición que los Bienes y/o Servicios sean entregados o prestados en los tiempos y/o fechas y en los lugares establecidos en el Acuerdo y en las condiciones requeridas por el Acuerdo y de acuerdo con los Incoterms 2015. Si el Proveedor no cumple con esta Condición, Parvalux podrá (a su elección) rechazar o aceptar los Bienes y/o Servicios.

4.2. Si Parvalux rechaza los Bienes y/o Servicios, podrá hacerlo antes de que se presten los Servicios o antes de que se entreguen los Bienes o en un plazo de 30 días a partir de la fecha real de entrega de los Bienes y/o Servicios. En el caso de que los Bienes sean rechazados, el Proveedor recogerá los Bienes (si han sido entregados) inmediatamente a su cargo. Parvalux no pagará el Precio de dichos Bienes y/o Servicios y tendrá derecho a adquirir bienes y/o servicios sustitutivos en otro lugar y a responsabilizar al Proveedor de cualquier pérdida y/o costes adicionales en los que incurra Parvalux.

4.3. Si Parvalux acepta los Bienes y/o Servicios, el Precio de los mismos se reducirá en el importe (si lo hubiera) de cualquier pérdida y/o costes adicionales en los que Parvalux incurra directa o indirectamente para remediar el incumplimiento de dicha condición.

4.4. Con respecto a los Bienes defectuosos, Parvalux enviará al Proveedor (por correo electrónico o carta certificada con acuse de recibo) una copia de cualquier informe de no conformidad de la inspección de Parvalux que deberá:

4.4.1. Describir brevemente la razón por la que se consideran defectuosos los Bienes o Servicios.

4.4.2. Indicar las medidas que Parvalux pretende tomar.

4.5. Los derechos de Parvalux en virtud del Contrato se suman a los términos legales implícitos a favor del cliente por la Ley de Suministro de Bienes y Servicios de 1982 (modificada por la Ley de Venta y Suministro de Bienes de 1994) y cualquier otra ley.

4.6. La titularidad de los bienes se transmitirá progresivamente en la medida en que los pagos fraccionado que realice Parvalux en virtud del contrato estén representados por el trabajo en curso en los bienes, según la evaluación de un tasador independiente, designado en defecto de acuerdo por el presidente de la Sociedad de Subastadores y Tasadores del Reino Unido. Si no se efectúan pagos fraccionados, o si se efectúan, pero no se realiza dicha valoración por cualquier motivo, la titularidad se transmitirá de acuerdo con la Sección 18 de la Ley de Venta de Bienes de 1979. Si cualquier contenedor o embalaje es devuelto al Proveedor, la propiedad de dicho contenedor o embalaje revertirá al Proveedor en el momento del envío por parte de Parvalux.

4.7. El Proveedor no tendrá derecho a cobrar a Parvalux por cualquier retraso razonable en el que incurra el Proveedor en la entrega de los Bienes y/o en el suministro de los Servicios en cualquiera de las instalaciones de Parvalux, cuando dicho retraso sea ocasionado por restricciones operativas causadas por los procesos de fabricación de Parvalux (por ejemplo, movimientos de almacen) dentro de cualquiera de las instalaciones de Parvalux.

4.8. Los Productos permanecen bajo el riesgo del Proveedor hasta su entrega en el lugar indicado en el Contrato. Cualquier contenedor o embalaje que esté destinado a ser devuelto al Proveedor permanecerá en todo momento bajo el riesgo del Proveedor.

4.9. El Proveedor deberá observar y cumplir (a) la Norma de Entrega y Embalaje y (b) el Código de Conducta del Proveedor de Parvalux, cada uno de los cuales es emitido por Parvalux de vez en cuando.

5. 5. FACTURAS Y DECLARACIONES

5.1. Las facturas dirigidas al Departamento de Contabilidad de Parvalux deben ser enviadas por el Proveedor por correo certificado con acuse de recibo o por correo electrónico de acuerdo con el Contrato y deben hacer referencia al número de pedido de Parvalux.

5.2. Si corresponde, los estados de cuenta dirigidos al Departamento de Contabilidad de Parvalux se enviarán mensualmente y enumerarán todas las facturas emitidas pero no pagadas, con referencias cruzadas al número de pedido de Parvalux correspondiente.

6. PAGO

6.1. Parvalux pagará el Precio según lo acordado entre las partes de acuerdo con el Contrato o, si no se ha estipulado nada, en un plazo de 60 días a partir de la recepción de una factura válida presentada por el Proveedor de acuerdo con la Cláusula 5.

7. RESPONSABILIDAD DE LOS OCUPANTES Y DEL PRODUCTO

7.1. El Proveedor cumplirá con todos los requisitos impuestos a los ocupantes de locales y Productos, e indemnizará a Parvalux por cualquier responsabilidad que surja en virtud de dichos requisitos y mantendrá una cobertura de seguro adecuada con respecto a dichos riesgos y presentará a Parvalux, a petición, una copia de la póliza y el certificado de seguro que demuestre dicho seguro.

7.2. Si el Proveedor trabaja en las instalaciones de Parvalux, el Proveedor observará y cumplirá con todos los requisitos de Parvalux para los contratistas y visitantes de las instalaciones de Parvalux.

8. INDEMNIZACIÓN

8.1. El Proveedor indemnizará a Parvalux en su totalidad por cualquier reclamación, pérdida, costes, daños y gastos (incluidos los honorarios y gastos legales y de otros profesionales) que se le adjudiquen a Parvalux, o en los que incurra o pague, como resultado de:

8.1.1. Un incumplimiento o una ejecución negligente o un fallo o retraso en la ejecución de los Servicios.

8.1.2. Pérdidas o daños o perjuicios de cualquier naturaleza causados a Parvalux o por los que Parvalux pueda ser responsable ante terceros, debido a una mano de obra defectuosa o a una calidad insatisfactoria o a otro defecto de los Bienes suministrados o de los Servicios prestados.

8.1.3. Reclamaciones por muerte o lesiones, cualquiera que sea la causa, de cualquiera de los empleados del Proveedor (o de su agente o subcontratista) mientras se encuentren en las instalaciones de Parvalux o en otros lugares de trabajo.

8.1.4. Pérdidas o daños consecuentes sufridos por Parvalux (o por los que Parvalux pueda ser responsable) como resultado de la falta de prestación de los Servicios por parte del Proveedor o del suministro de los Bienes de acuerdo con los términos del Contrato.

8.1.5. Un incumplimiento de cualquier garantía dada por Parvalux en relación con los Bienes y/o Servicios, incluyendo cualquier garantía dada por Parvalux con respecto a cualquier producto que incorpore los Bienes (normalmente, dicha garantía será por un periodo de dos años desde la venta del producto terminado, pero el periodo puede variar de vez en cuando o en casos específicos).

8.1.6. Cualquier responsabilidad en virtud de la Ley de Protección del Consumidor de 1987 con respecto a los Bienes.

8.1.7. Cualquier acto u omisión del Proveedor de sus empleados o agentes en el suministro, entrega e instalación de los Bienes, y

8.1.8. con sujeción a la cláusula 12.2, cualquier infracción o supuesta infracción de cualquier derecho de propiedad intelectual u otro derecho protegido (incluidos los derechos de autor) de un tercero que surja de la fabricación de los Bienes y/o la prestación de los Servicios a Parvalux.

8.1.8. con sujeción a la cláusula 12.2, cualquier infracción o supuesta infracción de cualquier derecho de propiedad intelectual u otro derecho protegido (incluidos los derechos de autor) de un tercero que surja de la fabricación de los Bienes y/o la prestación de los Servicios a Parvalux.

8.2. El Proveedor mantendrá una cobertura de seguro adecuada contra los riesgos establecidos en esta cláusula 8 a su propio costo y presentará, a petición de Parvalux, la póliza y el certificado de seguro con respecto a dicha cobertura.

9. RESOLUCIÓN

9.1. Sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que pueda tener Parvalux, Parvalux podrá rescindir el Contrato sin responsabilidad alguna para el Proveedor, inmediatamente después de notificar al Proveedor si:

9.1.1. El Proveedor comete un incumplimiento grave de cualquiera de los términos del Contrato y no lo remedia en un plazo de 30 días desde que se le notifica por escrito el incumplimiento.

9.1.2. El Proveedor es puesto en liquidación o se le nombra un administrador o es insolvente o sufre cualquier acción análoga.

9.2. Parvalux no será responsable de ninguna pérdida (incluyendo la pérdida consecuente) para el Proveedor si el Acuerdo es terminado bajo la cláusula 9.1 anterior.

9.3. Parvalux podrá rescindir el Contrato en cualquier momento antes de la entrega de los Bienes o del inicio de la prestación de los Servicios mediante notificación escrita o por correo electrónico al Proveedor. A la terminación de la cláusula 9.3 anterior, Parvalux podrá pagar al Proveedor (sujeto a la compensación de cualquier dinero u obligaciones debidas a Parvalux que surjan de otra manera en virtud del Acuerdo) la cantidad, si la hubiera (evaluada por un tasador designado según la cláusula 4.6), en la que el valor de los trabajos en curso en los Bienes exceda la cantidad pagada en ese momento por Parvalux al Proveedor, incluyendo un precio justo por las materias primas no utilizadas compradas para cumplir el Acuerdo,

9.4. La frase «materias primas no utilizadas» excluye los artículos que:

9.4.1. Puedan ser utilizados por el Proveedor para otro fin.

9.4.2. Puedan ser devueltos al proveedor del Proveedor para un reembolso completo.

9.5. A los efectos de esta cláusula, un precio justo para las materias primas no utilizadas es:

9.5.1. El precio de coste de dichos materiales.

9.5.2. (A elección de Parvalux) todos los costes y gastos en los que se haya incurrido de forma razonable y adecuada para devolver dichos materiales al proveedor del Proveedor (incluyendo el embalaje, el transporte y cualquier sanción legal impuesta por dicho proveedor).

9.6. A los efectos de esta cláusula, cualquier material que esté en posesión del Proveedor, que sea componente de los Bienes (pero que no sea ni materia prima ni producto terminado) y que cumpla en todos los aspectos con cualquier especificación proporcionada por Parvalux (en la medida en que sea posible que dichos bienes lo hagan) será tratado como Bienes no terminados.

9.7. A los efectos de esta cláusula, un precio justo para los Bienes no terminados es:

9.7.1. El Precio (cuando dichos materiales sean convertidos o incorporados en Bienes terminados producidos por el Proveedor a petición de Parvalux).

9.7.2. (A elección de Parvalux) un precio justo y razonable, teniendo en cuenta la fase de fabricación alcanzada, por dichos materiales.

9.8. El Proveedor concede a Parvalux el derecho de acceso a cualquier local del Proveedor y procurará el mismo derecho de acceso para cualquier local de terceros para que Parvalux pueda inspeccionar la fase de construcción, y a levantar y llevarse (previo pago de acuerdo con la cláusula 9.3, todos los trabajos en curso y las materias primas en la fecha de terminación, y en consecuencia, el Proveedor renuncia a todos sus gravámenes y derechos (cualquiera que sea su origen) en relación con dichos trabajos en curso, y las materias primas.

9.9. El Proveedor no podrá rescindir o cancelar el suministro de los Bienes y/o la prestación de los Servicios a menos que Parvalux lo acuerde por escrito.

9.10. El Proveedor, a menos que se especifique lo contrario en el Contrato o que Parvalux acuerde lo contrario por escrito, conservará el utillaje (en este Contrato se incluyen las plantillas, los moldes y las muestras) y los métodos de reproducción de los Bienes durante un periodo de 10 años a partir de la última fecha de entrega de los Bienes y se compromete a entregarlos a Parvalux cuando se le solicite, sin pago alguno.

9.11. Los derechos de cualquiera de las partes con respecto al incumplimiento anterior sobrevivirán a la terminación del Contrato (sea cual sea la causa).

10. CONTROLES DE PROGRESO/INSPECCIÓN

10.1 Parvalux podrá, a su discreción y previo aviso razonable, comprobar el progreso de la producción de los Bienes y/o Servicios. Dicha comprobación no eximirá de ninguna manera al Proveedor de ninguna de sus obligaciones en virtud del Contrato y el Proveedor deberá, sin demora, llevar a cabo cualquier alteración, modificación o trabajo de reparación requerido por Parvalux.

11. CALIDAD

11.1 El Proveedor garantiza a Parvalux que:

11.1.1 El Proveedor prestará los Servicios con el máximo cuidado y destreza, de manera oportuna, de acuerdo con las instrucciones de Parvalux y de acuerdo con las prácticas y normas comerciales generalmente reconocidas.

11.1.2 Los Bienes y Servicios se ajustarán a todas las descripciones y especificaciones facilitadas por Parvalux al Proveedor (o viceversa) y los Bienes y Servicios se suministrarán de conformidad con el Contrato y con toda la legislación vigente aplicable en cada momento.

11.1.3 Todos los Bienes serán de la mejor calidad y estarán libres de defectos en los materiales de diseño, acabado, tolerancias y mano de obra.

11.1 Es una condición que todos los Bienes funcionarán en todos los aspectos de acuerdo con o mejor que, y en todos los aspectos cumplirán con cualquier descripción o especificación proporcionada por Parvalux, incluyendo las dimensiones, el acabado, los materiales y las tolerancias y todos los términos implícitos por ley en cuanto a la idoneidad para el propósito de los Bienes o la calidad de los Bienes se extenderán en consecuencia.

11.2 Las disposiciones de esta Condición 11 sobrevivirán a cualquier ejecución, aceptación o pago en virtud del Contrato y se extenderán a cualquier Bien o Servicio sustituido o reparado proporcionado por el Proveedor.

12. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

12.1 El Proveedor acepta que todos los derechos de Propiedad Intelectual, incluyendo los derechos de autor de todos los Bienes y/o Servicios (incluyendo todo el utillaje) suministrados a Parvalux se transfieren a Parvalux en el momento del pago.

12.2 Parvalux mantendrá al Proveedor indemnizado en su totalidad por todas las reclamaciones, procedimientos y demandas hechas o presentadas contra el Proveedor que surjan de cualquier infracción o supuesta infracción de cualquier derecho de propiedad intelectual u otro derecho protegido de un tercero que surja del suministro al Proveedor por parte de Parvalux de cualquier dibujo, especificación u otro dibujo para su uso en la fabricación de los Bienes y/o la prestación de los Servicios.

12.3 El Proveedor no reclamará ningún derecho de propiedad intelectual de ninguna naturaleza sobre ningún documento o reproducción física derivada de cualquier dibujo, especificación u otro documento que le haya sido suministrado por Parvalux.

12.4 El Proveedor mantendrá a Parvalux indemnizado en su totalidad de y contra todas las reclamaciones, procedimientos y demandas hechas o presentadas contra Parvalux que surjan de cualquier infracción o supuesta infracción de cualquier derecho de propiedad intelectual u otro derecho protegido que surja de cualquier uso de los Bienes y/o Servicios por parte de Parvalux.

12.5 El Proveedor no revelará a ningún tercero ninguna información, sea cual sea su naturaleza, relacionada con el suministro de los Bienes y/o Servicios (incluyendo el hecho de dicho suministro) o relacionada con Parvalux, sus clientes, proveedores o empresas del grupo, a menos que se le permita o exija legalmente.

12.6 El Proveedor no utilizará el nombre o las marcas registradas de Parvalux en ningún material de marketing o promocional, papelería, en sus vehículos o en su página web sin el permiso por escrito de un director de Parvalux.

13. MATERIALES DE PARVALUX

13.1 Si el Proveedor dispone de artículos (incluyendo, sin limitación, herramientas, dibujos y documentos que muestren información técnica) suministrados por Parvalux con el fin de cumplir el Acuerdo («Artículos»), los Artículos serán en todo momento propiedad de Parvalux y estarán claramente marcados como tales y almacenados por el Proveedor aparte de su propia propiedad.

13.2 Todos los artículos están bajo el riesgo exclusivo del Proveedor en todo momento mientras estén en posesión del Proveedor y deben ser guardados de forma segura y devueltos a Parvalux a petición.

13.3 El Proveedor podrá utilizar los artículos únicamente para los fines del Contrato y, en particular, no podrá utilizar dichos materiales, herramientas o equipos para el suministro de bienes o la prestación de servicios a cualquier otra persona.

14. FUERZA MAYOR

14.1 Si una de las partes se ve afectada por un caso de fuerza mayor, deberá notificar sin demora a la otra parte la naturaleza y el alcance de las circunstancias en cuestión.

14.2 Sin perjuicio de cualquier otra disposición del Acuerdo, no se considerará que ninguna de las partes haya incumplido el Acuerdo, o sea responsable ante la otra, por cualquier retraso en sus obligaciones en la medida en que el retraso o el incumplimiento se deban a una Fuerza Mayor que haya notificado a la otra parte.

14.3 Si una de las partes alega Fuerza Mayor y, en consecuencia, se ve eximida, en virtud de la cláusula 14.2, del cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Acuerdo durante un período continuado superior a un mes, la otra parte podrá, sin perjuicio de cualquier otra disposición del Acuerdo, rescindir el Acuerdo mediante notificación a la parte que haya alegado Fuerza Mayor con una antelación no inferior a catorce días, transcurridos los cuales ninguna de las partes será responsable ante la otra en relación con el Acuerdo, salvo en caso de incumplimiento anterior.

15. GENERALIDADES

15.1 El Acuerdo contiene el acuerdo completo entre las partes y sustituye todos los acuerdos y entendimientos anteriores entre las partes con respecto al Acuerdo.

15.2 No se efectuará ninguna variación del Contrato a menos que Parvalux lo acepte.

15.3 El Proveedor no podrá transferir, ceder, subcontratar o subarrendar ninguna parte del Acuerdo o cualquier derecho u obligación en virtud del mismo sin el consentimiento previo por escrito de Parvalux.

15.4 El hecho de que Parvalux no ejerza ninguno de sus derechos en virtud del Contrato no constituirá en modo alguno una renuncia a estos derechos, ni tampoco excusará al Proveedor de ninguna de sus obligaciones en virtud del Contrato.

15.5 Los derechos y recursos de Parvalux bajo el Acuerdo no son exclusivos y se suman a otros derechos y recursos.

15.6 Si alguna disposición (o parte de una disposición) del Acuerdo es considerada por cualquier tribunal u otra autoridad competente como nula o inaplicable en su totalidad o en parte, el Acuerdo se modificará para eliminar dicha disposición (o parte) y las restantes disposiciones del Acuerdo seguirán siendo válidas y aplicables.

15.7 El Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con la legislación inglesa y cada una de las partes se somete irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de los tribunales ingleses. Todas las disputas relativas a la interpretación y aplicación de la Orden y cualquier relación legal que surja de o en conexión con la Orden se resolverán mediante arbitraje vinculante de acuerdo con las normas, entonces vigentes, del Consejo Internacional de Arbitraje Comercial (ICCA).

edición 01 – 27/07/2018